Datos de Personas desaparecidas en Chile
Personas desaparecidas en Chile: La necesidad de una mayor atención a una problemática invisible
Las personas desaparecidas en Chile constituyen un grave problema social. Conoce cifras, causas y normativas relacionadas al proceso de búsqueda.
Es una tragedia: las personas desaparecidas en Chile no son solo un recuerdo histórico. En la actualidad, aunque los motivos no suelen ser políticos, el problema sigue siendo una realidad persistente en el país.
Y es que, desde 1990, el número de personas de las cuales se desconoce su paradero ha ido en aumento, y la situación sigue sin resolverse de manera adecuada.
¿Cuál es el número de casos de personas desaparecidas en Chile? ¿Cuáles son las posibles causas? ¿Qué medidas existen para mitigar la frecuencia de estos hechos? ¿Son estas medidas realmente efectivas? Todo lo que necesitas saber, a continuación.
El primer problema de las personas desaparecidas en Chile: cifras sin actualización
En Chile no existe un registro oficial y actualizado de personas desaparecidas, lo que hace que la cifra real de ciudadanos extraviados sea, por decirlo menos, difusa.
Sin embargo, las instituciones policiales -Carabineros y Policía de Investigaciones (PDI)-, han publicado en algunos medios, tanto propios como en canales de prensa tradicionales, estadísticas que nos demuestran la real dimensión del problema:
- Desaparecen más de dos personas diarias en el territorio nacional, es decir, más de 700 al año.
- El 93% aparece en las primeras horas de formalizadas las denuncias, pero hay un 7% que no lo hace.
- A agosto de 2020, la lista de personas desaparecidas en Chile ascendía a 16.000.
- En los primeros seis meses de 2021, según PDI, se recibieron 4.017 órdenes de investigar el paradero de quienes se consideran como extraviados por sus familiares o personas cercanas. La Región que presenta mayores denuncias es la Metropolitana y la siguen, en orden descendente, las regiones de Biobío y Valparaíso.
Lo anterior da cuenta de la gravedad de este fenómeno porque expone que existen muchos más casos de personas desaparecidas en Chile fuera del ámbito mediático, en otras palabras, de los que la prensa tradicional entrega su atención.
Ahora bien, ¿qué grupos de la población desaparecen con mayor frecuencia? Frente a la carencia de conclusiones analíticas basadas en género y edad, en ESBUENISIMO NEWS hicimos un estudio tomando en cuenta los casos de personas desaparecidas en Chile en el periodo comprendido desde el año 2020 hasta la fecha.
Algunos detalles en consideración: el siguiente análisis no pretende ser concluyente, sin embargo, entrega algunas ideas acerca de qué grupo poblacional está siendo más afectado que otros.
Por otro lado, el estudio está basado en las denuncias realizadas, existiendo la posibilidad de que haya incidentes de los cuales no se informa, debido a múltiples razones, como el miedo o la falta de conocimiento acerca del procedimiento a seguir.
En los últimos tres años se ingresaron a la base de datos de la PDI 73 personas extraviadas, con fichas que todavía permanecen en el sitio web.
Los resultados son:
- Número de mujeres: 13 (17.11%)
- Número de hombres: 63 (82.89%)
De estos dos grupos, se desglosa:
- Número de ancianos (mayores de 60 años): 13 (17.11%)
- Número de niños (menores de 12 años): 1 (1.32%)
- Número de niñas (menores de 12 años): 3 (3.95%)
- Edad promedio: aproximadamente 44.12 años.
Ahora bien, es de conocimiento público que la cifra es mucho mayor a la entregada por la Policía de Investigaciones.
Pero ¿cuáles son los tipos de desapariciones? Existen cinco categorías. La primera se conoce como desaparición como evasión, y se trata cuando el extravío es voluntario, es decir, la persona se va y luego regresa; la segunda por causas naturales, como enfermedades degenerativas; la tercera se trata de las provocadas por accidentes relacionados a los deportes extremos practicados al aire libre; la cuarta por presunto suicidio; y la quinta, cuando existen antecedentes de violencia intrafamiliar.
¿Podría tener relación la alta tasa de hombres desaparecidos (82,89%) con la elevada tasa de suicidios que tiene este género en Chile? De acuerdo con el “Informe de Mortalidad por Suicidio en Chile: 2010-2019”, publicado por el Ministerio de Salud, “la mortalidad por suicidio fue mayor en hombres que en mujeres, en una relación cercana 4 es a 1”.
En cambio, condiciones como la demencia senil, el alzheimer y la esquizofrenia están detrás de muchas desapariciones en la tercera edad. La razón es que estas patologías pueden causar confusión, y desorientación.
¿Y qué hay de las mujeres? No hay que desconocer la perspectiva de género cuando se quiere investigar las causas de personas desaparecidas. El número de mujeres que han sufrido un tipo de violencia en el país creció en 11,4%, pasando de 32,6% en 2012 a 44% en 2022.
Este contexto debe contemplar la posibilidad de que: 1. La desaparición tenga como motivo el intento por parte de la persona de huir de un escenario de violencia familiar o de género o 2). La desaparición corresponde a una acción criminal en contra de la mujer, como por ejemplo, femicidio, explotación sexual o trabajo forzado.
Sin duda, se requiere un análisis integral y exhaustivo para determinar las razones de una desaparición específica, explorando tanto el entorno socio-familiar de la víctima como también las condiciones que rodean a su desaparición.
La realidad mexicana: a lo que no queremos llegar
América Latina expone una diversidad de factores que unen a los países de la región, como el lenguaje y la presencia de pueblos originarios, por ejemplo.
Sin embargo, comparte también dramas profundamente humanos, como la desaparición de personas, lo cual es un tema contingente desde hace varias décadas.
Bajo este triste escenario, México constituye una grave preocupación. A 2021, el país registraba la triste cifra de 100.000 personas registradas como desaparecidas. No obstante, el drama alcanza dimensiones terroríficas si consideramos que las cifras son dinámicas, ya que, al igual que en Chile, existen ciertos contextos en donde, por sus propias características, suman dificultad al momento de cuantificar las desapariciones.
Como muestra de lo anterior, está la situación de los migrantes que cruzan el territorio mexicano hasta Estados Unidos y que no vuelven a dar señales de vida. ¿Quiénes son las instituciones encargadas de sus búsquedas?
Pero no todo ha sido inacción por parte de las autoridades. En 2018, entró en vigor la Ley General de Desaparición, la cual estableció medidas para mitigar la crisis.
La normativa ordenó la creación Sistema Nacional de Búsqueda y una Comisión Nacional de Búsqueda con el objetivo de que los familiares de las personas desaparecidas no tengan la necesidad de gastar recursos -como esfuerzo y tiempo en investigaciones propias- en la búsqueda de sus seres queridos.
¿Ha logrado su cometido? Si bien la iniciativa representa un documento sólido que puede inspirar a otros países, como Chile, y avances concretos, de acuerdo con las Naciones Unidas, “es necesario reforzarla”, además, “en la actualidad, sólo se procesan entre el 2 y el 6% de los casos de desaparición, y hasta la fecha se han logrado menos de 40 condenas. Los registros oficiales de hace cinco años indican más de 47.000 casos de desapariciones. Desde entonces, han desaparecido al menos otras 45.000 personas, y en el caso de otras 17.000, las autoridades no han determinado con exactitud cuándo se produjo la desaparición”.
Y tiene un punto polémico: la figura jurídica de “persona no localizada” que, según la ley, es aquella cuya ubicación es desconocida y su ausencia no se relaciona con la ocurrencia de un delito, lo que retrasa las diligencias de investigación.
Organizaciones no gubernamentales reclaman, y con justa razón, que todos los individuos desaparecidos tienen derecho a ser buscados, sin importar las circunstancias de su desaparición.
Estudiar el caso de México, rescatando los puntos fuertes de las propuestas de acción por parte del Estado Mexicano y rechazando los errores, podría ser de gran ayuda para disminuir la tragedia de desaparecidos en Chile.
Segundo problema de las personas desaparecidas en Chile: procedimientos de búsquedas ineficaces por parte del Estado
Hasta la fecha, en Chile no existe un protocolo estandarizado por ley que se pueda aplicar a todos los casos de personas desaparecidas, independiente de sus causas.
Entonces ¿Qué se hace ante el ingreso de las denuncias? Cada institución policial -Carabineros y PDI- cuenta con sus propios mecanismos, base de datos de desaparecidos y grupos especializados, generando graves dificultades a la hora de implementar un trabajo coordinado y una respuesta eficiente a cada denuncia realizada.
El incidente más icónico de las irregularidades que presenta la realidad chilena es lo que pasó con Fernanda Maciel, joven de 21 años desaparecida el 10 de febrero de 2018 y que fue encontrada muerta en junio de 2020. Aparte de las acusaciones cruzadas entre la PDI y Carabineros acerca del actuar de sus agentes, hubo seis pericias en el inmueble donde se hallaba, sin resultados satisfactorios.
Mallen González, fundadora de la ONG “Personas Extraviadas Chile” declaró para El Desconcierto que, “cuando una persona desaparece, puede incorporarse en una lista de Encargo Nacional, pero esto es un registro en una base de datos que no implica una búsqueda activa”. Por otro lado, enfatizó que las bases de datos de las instituciones que deben ser involucradas – PDI, Carabineros, Servicio Médico Legal, Hospitales, Sename, etc.- no están conectadas. Esto retrasa las investigaciones y es un estrés constante para las familias, las que tienen que consultar, de forma independiente, a cada una de las autoridades para conocer algún antecedente.
La raíz de todos los males: el concepto de “presunta desgracia”
Indaguemos un poco en los pormenores de cuando se inicia una investigación. Al desaparecer una persona, sus seres queridos, normalmente, se dirigen a una institución con competencias para informar su extravío, por medio de una denuncia de “presunta desgracia”.
El problema es que este término tiene una definición ambigua, debido a que no tiene contemplaciones en la normativa chilena. Lo que ocurre es que cada institución tiene su propia consideración de qué significa.
Por ejemplo, la PDI la define como “la pérdida o extravío, temporal o permanente, de una persona sobre quien se ignora su paradero y que se presume podría haber sufrido una desgracia”, pero es diferente a la denotación que le da el Ministerio Público o Carabineros.
Esta vaguedad tiene una razón: la “presunta desgracia” no constituye un delito en sí, sino que abarca todos los tipos de desapariciones, es decir, considera motivos desde la huida voluntaria hasta el crimen. Por lo mismo, las policías, actualmente, no poseen mayores facultades para investigar, teniendo, por ejemplo, que pedir autorización de un juez para proceder ante un sospechoso.
De esta manera, la falta de recursos legales para acelerar una búsqueda perjudica la investigación, hecho gravísimo si atendemos a la noción de que cuando una persona desaparece, el paso del tiempo juega en contra e, incluso, puede determinar que la persona no sea encontrada.
Cuando la difusión social no es suficiente
Cuando una persona desaparece no sólo las instituciones pueden encargarse de la búsqueda. La sociedad entera tiene el deber de responsabilizarse. ¿Cómo? Una de las maneras es difundir de forma total una fotografía del individuo, con su respectivo nombre.
Así, cualquiera puede aportar con información del paradero o entregar datos que sean un aporte para las investigaciones. No obstante, esto no ocurre en Chile, y sí en otras latitudes del planeta. Basta recordar lo que pasó con Madeleine McCann: el mundo entero tiene grabada la cara de la niña de 4 años.
¿Por qué razón no se aplican medidas eficientes de divulgación? Básicamente porque las que hay tienen defectos notorios. La BRIUP (Brigada de Ubicación de Personas) se encarga de diseñar y distribuir los afiches de las personas extraviadas en el país. ¿Cómo lo hace? Solo mediante el sitio web institucional (de donde ESBUENISIMO NEWS recopiló sus datos estadísticos) y de redes sociales de la institución, como Facebook.
Así, el conocimiento público de una persona desaparecida está condicionado a que los ciudadanos, por voluntad propia, accedan a esta base de imágenes (en el supuesto de que todo el mundo cuenta con conectividad a Internet, y eso no es todo, ya que deben hacer clic en la fotografía para tener información de su nombre, edad, lugar donde fue visto por última vez, su vestimenta, entre otros datos.
Con Carabineros el procedimiento es todavía más difuso. La distribución de la fotografía forma parte de las primeras 48 horas de desaparecida la persona (pierde inmediatez), pero no hay claridad en qué canales se distribuye.
¿Y qué sucede con los casos de niños desaparecidos? Los infantes sufren cambios notorios en su aspecto físico a lo largo del tiempo y no hay mecanismos de actualización de las imágenes o la aplicación de recursos digitales para un mapeo de la proyección de cómo sería el fenotipo del niño al pasar los años.
La “presunta solución”
Todas las deficiencias nombradas han llamado la atención de las autoridades gubernamentales, gracias a las protestas de familiares de personas desaparecidas, así como de ONGs.
Debido a esto, se promulgó el 20 de octubre de 2022, la Ley 21500 que “regula el proceso unificado de búsqueda de personas desaparecidas y crea el sistema interconectado para estos efectos”.
La normativa viene a suplir todas las falencias en cuanto a procedimientos, creando un criterio unificado de búsqueda. De este modo, la norma establece:
- La creación de un Sistema Interconectado de Búsqueda de Personas Desaparecidas, administrado por Carabineros. Su misión será centralizar, organizar e interoperar, a nivel nacional, la información aportada por los órganos intervinientes del Sistema y por organismos colaboradores, relativa a personas desaparecidas.
- Los actores que participarán en este sistema serán Carabineros, PDI, y el Ministerio Público. Por su parte, las entidades que prestarán colaboración serán el Servicio Médico Legal y el Registro Civil e Identificación.
- Determina la obligación de recibir denuncias.
- No exige un tiempo mínimo de extravío para acoger la denuncia. De hecho, se debe informar de inmediato al Ministerio Público e ingresar al sistema.
- Se contemplan diligencias dentro de las primeras 24 horas.
Además, contempla la perspectiva de género y el principio de no discriminación, es decir, “se deberán realizar todas las diligencias necesarias posibles para el más pronto hallazgo de la mujer, niña o adolescente desaparecida, con un deber reforzado de diligencia”.
Así mismo, se ordena a los organismos a no tener ideas preconcebidas acerca de la víctima -tanto en la fase de denuncia como en los procesos de búsqueda-, para que la investigación no se entorpezca por causa de sesgos que constituyan discriminación.
Ante una denuncia de niños desaparecidos en Chile, se aplicará el “principio de interés superior”. Esto significa que “en cada etapa se deberá velar por el interés superior del niño, niña o adolescente, respetar plenamente sus derechos fundamentales, y dar urgencia a todas las diligencias necesarias para su búsqueda”.
El primer artículo de Ley resuelve, en apariencia, el problema de la vaguedad de cómo se considera a una persona desaparecida, entregando un concepto estándar para todas las instituciones: “se entenderá por persona desaparecida a aquella cuyo paradero se desconoce y se teme la afectación a su vida, integridad física o psíquica” y “se entenderá que una persona desaparecida deja de serlo cuando se confirme, por medios físicos o científicos, que ella fue hallada o encontrada e identificada”.
No cabe duda que la promulgación de esta normativa es un avance importante en la manera de enfrentar la problemática de personas desaparecidas en Chile. Es de esperar que su aplicación -una vez que se publique en el Diario Oficial (al momento de la elaboración del reportaje todavía no ha sido publicada)- sea una garantía para los seres queridos de los individuos extraviados que las diligencias se harán con la celeridad y la mayor eficiencia posible.
No son sólo estadísticas: el drama humano que rodea la lista de personas desaparecidas en Chile
Es una aceptación social de que, probablemente, sea peor tener a un ser querido desaparecido que la noticia de su fallecimiento. Esta creencia tiene bases psicológicas.
El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) explica que para “los familiares de las personas desaparecidas, toda su situación es traumática: la desaparición y todo lo relacionado con ella. La ausencia de información sobre su ser querido puede sumirlos en un estado de incertidumbre angustiosa que trastorna sus vidas por completo”.
En psicología se conoce a este estado como “duelo congelado”. Cuando una persona experimenta un evento traumático que no puede procesar de manera adecuada y se revive constantemente, se dificulta la capacidad de elaborar la pérdida. Como resultado, el proceso de duelo se prolonga de manera interminable, lo que a su vez perpetúa el dolor emocional que se experimenta.
La falta de ritos funerarios propios de cada cultura, los cuales certifican el fallecimiento de un individuo, puede obstaculizar el inicio del proceso de duelo. Cuando no se cuenta con el cuerpo presente, se vuelve necesario recurrir a otros recursos que permitan llevar a cabo una tramitación simbólica adecuada, como el uso de rituales y la intervención de la justicia. Estos elementos son fundamentales para proporcionar un cierre simbólico y ayudar a las personas en el proceso de aceptación y elaboración emocional de la pérdida.
El drama que viven los familiares se transforma en uno que deriva en profundos trastornos emocionales, como “la ansiedad, la hipervigilancia, el insomnio, las alteraciones del estado de ánimo, la evitación fóbica, los pensamientos y recuerdos intrusivos y las pesadillas, convirtiéndose en trastorno de estrés postraumático”.
El sacrificio emocional es intenso, pero también lo es el económico. Muchas veces, la familia gasta grandes cantidades de recursos monetarios, para agilizar investigaciones y realizar, incluso, las suyas propias.
La víctima, lamentablemente, no es solo la persona que desaparece, sino todo el mundo familiar y social que la rodean. Todos forman parte de una tristeza que no acaba (si esto es posible) hasta el hallazgo del ser querido.
El fenómeno de las personas desaparecidas en Chile no es fácil de abordar. Están involucrados varios factores y matices que exigen una visión integral de la problemática.
Lo que es seguro es que se debe, desde todos los organismos involucrados, entregar certezas más que incertidumbres, eficiencia más que ineptitud y tranquilidad más que confusión.